Permiso de armas para menores en Cataluña

  • ¿Hay permisos de armas para menores en Cataluña?
  • ¿Puede un menor tener autorización para usar armas en Cataluña?
  • ¿Cómo obtener el permiso de armas para menores en Cataluña?

Hoy te contamos todo sobre el permiso de armas para menores de edad o licencia de armas para menores de edad en Cataluña y España en general.

El uso de armas en Cataluña es reglamentado por el Real decreto de 1993 que se aplica en todo el territorio de España en todas las autonomías. Este establece los permisos y restricciones que tiene la población civil en la compra venta y utilización de armas de fuego. Desde el inicio queda descartada la compra venta de armas de asalto, automáticas o calificadas como armas de guerra, ya que su compra es prohibida. Lo que sí existen son las diferentes licencias y permisos de armas para civiles, cada uno con reglamentos y requisitos bastante estrictos.

A diferencia de otros países como EEUU, por ejemplo, la posesión de armas no es un derecho constitucional, sino que requiere unos requisitos y trámites legales cuyo cumplimiento lo confirma la licencia o permiso de armas. Estos permisos o licencias de armas son de seis tipos y se cualifican desde A a la F. Para la población general, solo se emiten los permisos desde B a F. Mientras, el permiso A es para funcionarios de la Seguridad de Estado.

¿Quién concede los permisos de armas en Cataluña?

La Guardia Civil es el organismo encargado de conceder permisos de armas (o denegarlos) en todas las comunidades autónomas.

Permiso o licencia de armas para menores en Cataluña

Es posible obtener u permiso de armas para menores en Cataluña (Autorización Especial para Menores) mientras se cumplen una serie de requisitos y la edad del solicitante sea de 14 a 18 años. El permiso de armas para menores solo da derecho a uso de armas de fuego bajo ciertas condiciones específicas y NO da derecho a la posesión de armas.

Los permisos de armas para menores se conceden para determinadas armas en el ámbito de la caza o competiciones deportivas de categoría junior. En ambos casos el menor debe ser acompañado en todo momento de una persona adulta (>18años) que sea posesor de permiso de armas vigente de tipos E, D, F. El menor NO tiene el derecho de portar armas en una población.

El permiso de armas para menores AEM (Autorización Especial para Menores)

Se trata de una licencia especial que autoriza el uso de determinadas armas por españoles y extranjeros con residencia en España y menores de edad, entre los 14 y 18 años, siempre que se cumplimenten los requisitos establecidos.

Esta autorización especial es una mezcla de las licencias tipo D y tipo E y, dependiendo de la edad, el menor podrá utilizar armas largas para la caza menor o para la caza mayor.

Menores entre  14 y 16 años de edad

Podrá utilizar armas de fuego largas rayadas para caza mayor y armas para tiro deportivo de calibre 22 (americano)

Menores  entre los 14 y los 18 años de edad

Podrá utilizar armas de fuego largas de ánima lisa para caza menor y armas por aire o gas comprimido.

La Autorización Especial para Menores (AEM), no necesita renovación ya que tiene validez hasta que el posesor cumpla 18 años. Una vez cumplidos los 18 años es posesor de la AEM debe solicitar la Licencia que corresponda si quiere continuar con las actividades de caza o tiro deportivo. Sin embargo, la licencia se puede perder si el menor no mantiene los requisitos exigibles para su otorgamiento. Estos requisitos pueden ser comprobados en cualquier momento por las autoridades competentes quienes deciden si mantener o revocar la autorización.

¿Qué documentos son necesarios para obtener la licencia o permiso de armas para menores?

  1. Certificado de antecedentes penales si se trata de mayores de 16 años.
  2. Certificado de antecedentes penales de la persona que ejerza la patria potestad o la tutela del menor solicitante
  3. Autorización para el uso de armas de las clases expresadas de la persona que ejerza la patria potestad o la tutela, en la que se haga constar que se responsabiliza de la actuación del menor ante notario, autoridad gubernativa, alcaldía, Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, Comandancia de la Guardia Civil, Intervención de Armas o Puesto de la Guardia Civil
  4. Informe de aptitudes psicofísicas del menor.
  5. Justificante del pago de las tasas establecidas para tomar parte en las pruebas de capacitación.

Recuerde que la Autorización Especial para Menores (AEM) no le otorga al menor el derecho a poseer un arma como haría una Licencia.

El menor solamente puede utilizar las armas, para cuales obtiene la AEM, en actividades de caza o deportivas siempre en compañía de un tutor legal con licencia de armas. El tutor se responsabiliza por el cumplimiento de las medidas de seguridad y las reglamentaciones establecidas.

Si necesita el informe de aptitudes psicofisicas del menor contacte con nosotros

Solicite su cita para informe de aptitudes psicofísicas del menor necesario para obtener la AEM.

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